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RSU, IPM, MIAG, MIAE

Dirección de Protección al Ambiente


Términos y Condiciones

Dirección de Protección al Ambiente

  • Los C.C. inspectores adscritos a esta Dirección de Protección al Ambiente, se constituirán en el domicilio en cuestión, a efecto de realizar la Visita de Inspección, y así constatar el cumplimiento de todas y cada una de las medidas técnicas descritas en la Anuencia.
  • Se apercibe que en caso de no cumplir con alguna de las medidas técnicas y/o condicionantes expresadas en la Anuencia, se revocara su autorización de Impacto Ambiental y causara CLAUSURA del establecimiento.
  • Deberá mantener en el sitio de la actividad, copia de la resolución de Anuencia de Impacto Ambiental, y su cumplimiento.
  • La Anuencia Ambiental Condicionada en ningún momento es un Dictamen de Factibilidad de usos de suelo y/o permiso de Operación.
  • En caso de desistirse de realizar la actividad en forma temporal o definitiva, deberá notificar a esta Dirección treinta días hábiles antes de dar por terminada la actividad.
  • La Anuencia Ambiental, refiere los aspectos ambientales de la actividad proyectada, por lo que es obligación tramitar y obtener las autorizaciones, concesiones, licencias, permisos correspondientes para las actividades motivo de la anuencia.
  • De encontrarse falsedad u omisión en la información proporcionada la anuencia de impacto ambiental se considerará como no otorgada, con fundamento en el artículo 34 y 37 del Reglamento Municipal para la Protección del Medio Ambiente.
  • Este permiso es único una vez otorgado el cumplimiento de la anuencia ambiental.
  • Registrarse en el Padrón de fuentes generadoras de residuos sólidos municipales.
  • Llevar reporte anual donde se registre el volumen, tipo de residuos generados anualmente y la forma de manejo a la que fueron sometidos, misma que deberá mantener constantemente actualizada; asimismo conservarla durante dos años y tenerla disponible para cuando esta autoridad se la requiera.
  • Efectuar el acopio, almacenamiento, recolección, transporte, reciclaje, tratamiento o disposición final de sus residuos, de acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos y otros ordenamientos que resulten aplicables y entregarlos a prestadores de servicios que estén registrados ante esta Dirección.
  • La disposición de los residuos sólidos urbanos se deberá llevar a cabo por prestador de servicios autorizado (transportista) y mediante manifiestos de entrega-recepción, los cuales serán expedidos por dicho prestador; por cada volumen de residuo sólidos urbanos que el generador entregue al transportista, éste deberá generar un manifiesto de entrega-recepción, mismo que deberá ser debidamente firmado por ambas partes, foliado y acompañado de tres copias, una de esas copias se quedara con el generador y otra con el transportista, mientras que el original junto con la copia restante se deberá entregar al receptor en el momento de la entrega de los residuos, el receptor deberá conservar la copia, firmar y sellar el manifiesto original y remitirlo de inmediato al generador.
  • Los manifiestos de entrega-recepción de residuos, deberán conservarse por un periodo de cinco años, debiendo estar disponibles para cuando los requiera esta Dirección.
  • Deberá identificar, clasificar, envasar y etiquetar sus residuos cumpliendo con la normatividad establecida.
  • Deberá proporcionar información fidedigna con relación a la generación y manejo integral de los residuos.
  • Deberá dar aviso a esta autoridad en caso de emergencias, accidentes, robo o pérdida de residuos.
  • Deberá contar con procedimientos de seguridad para la prevención de contingencias ambientales y emergencias ecológicas.
  • En caso de que el establecimiento genere residuos no amparados en el presente Registro, deberá manifestarlos por escrito ante esta Dirección de Protección al Ambiente utilizando el formato de registro que para el efecto se expide.
  • El almacenamiento de los residuos sólidos urbanos, en las instalaciones del establecimiento, no deberá rebasar el período de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de generación del residuo.
  • En caso de que el establecimiento contrate los servicios de empresas de recolección y de disposición final de residuos sólidos urbanos que sean distintas a las manifestadas en su formato de registro, deberá hacerlo del conocimiento de esta Dirección en un término no mayor a 5 días hábiles.

Antes de confirmar su solicitud favor de verificar lo siguiente

  • Verificar que la información sea correcta y su clave catastral coincida con sus datos, ya que de existir algún error deberá acudir a las oficinas de la Dirección de Protección al Ambiente.
  • La solicitud y el recibo saldrán a nombre del solicitante y con la clave catastral ingresada.

Pagos

  • Antes de realizar el pago, verifique que la CLAVE CATASTRAL y los datos que aparecen en el recibo sean los correctos, de lo contrario inicie el trámite nuevamente.
  • Se aceptan tarjetas Crédito/Debito Visa y Master Card.
  • Para pagos con Tarjetas de Crédito/Debito el pago se reflejara dentro de 3 a 4 días hábiles y el tramite será iniciado al momento de acreditar el pago.
  • En caso de imprimir el recibo, podrás pasar directamente a tesorería de Palacio Municipal o en caja de su Delegación.
  • No se acepta tarjetas American Express.
  • No hay reembolso por pagos erróneos.
  • Si realiza su pago de lunes a viernes en horario de las 08:00 a las 13:00 horas en días hábiles, su trámite ingresa oficialmente el mismo día, de lo contrario el inicio del trámite se acreditara al día hábil siguiente.